En España, la normativa Verifactu, basada en el Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024, traerá importantes cambios a la manera en que las empresas deben gestionar sus facturas a partir de julio de 2025. A continuación, te explicamos todo lo que debes saber para estar al día y evitar sanciones si tu empresa pertenece al sector de Protección Contra Incendios.
La normativa Verifactu establece las bases para garantizar que los sistemas de facturación utilizados por empresarios y profesionales cumplan con altos estándares de integridad, trazabilidad y seguridad. Su principal objetivo es evitar el uso de software que permita manipular registros de facturación o encubrir ventas, promoviendo la transparencia fiscal.
A partir de la fecha de entrada en vigor, el 1 de julio de 2025, las empresas que facturen menos de 6 millones de euros deberán cumplir con esta normativa. Esta se aplicará en toda España salvo en Vizcaya, Guipúzcoa y Álava, donde actualmente están en uso los sistemas ‘Ticket Bai’.
Como mantenedor PCI, esta normativa te obliga a utilizar un software certificado Veri*factu, como Cofrai. Estos softwares deben cumplir con ciertos requisitos como que sean sistemas de facturación fiables e inalterables y se conserven los registros.
A diferencia de lo que algunos creen, esta normativa no obliga a que las facturas sean electrónicas; las empresas pueden seguir emitiéndolas en papel o en formato digital según sus necesidades. Sin embargo, los sistemas empleados para generar estas facturas deben cumplir con ciertos requisitos técnicos clave. Entre los requisitos técnicos destacan la inalterabilidad de los registros, la incorporación de medidas de seguridad como firmas electrónicas y hashes encadenados, y la capacidad de garantizar la conservación y trazabilidad de las facturas. Esto significa que, aunque el formato de las facturas sea flexible, el software que las emite debe estar diseñado para garantizar la autenticidad y la accesibilidad de los datos. Además, la normativa introduce la modalidad Veri*factu, que permite enviar los registros de facturación a la Agencia Tributaria en tiempo real, aunque esta opción no es obligatoria. Aunque no es parte directa del Reglamento Veri*factu, se complementa con la obligación futura de emitir facturas electrónicas en operaciones entre empresas y autónomos (B2B), prevista en la Ley Crea y Crece, que será obligatoria en función del tamaño de las empresas, una vez sea aprobado el reglamento.
No contar con el software apropiado puede resultar en el incumplimiento de la normativa, lo cual sería una violación de la ley antifraude. Esto podría llevar a multas significativas, de hasta 50.000€.
El incumplimiento de las normativas también acarrea el peligro de dañar la reputación de la empresa, no pudiendo acceder a subvenciones y poniendo en riesgo la confianza de tus clientes.
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